El artículo 7o del Código de Comercio ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene validez legal. La derogación de un artículo implica que las disposiciones que contenía ya no son aplicables y han sido eliminadas del ordenamiento jurídico.
Este tipo de cambios en la ley pueden ocurrir por diversas razones, como la necesidad de actualizar el marco legal o eliminar normativas que ya no son relevantes. En este caso, el artículo fue derogado oficialmente el 27 de enero de 1970.
- El artículo ya no es válido.
- Fue derogado el 27 de enero de 1970.
- La derogación implica que no se aplican sus disposiciones.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.