El artículo 946 del Código de Comercio ha sido derogado, lo que significa que ya no está en vigor y no se aplica en la actualidad. La derogación de un artículo implica que su contenido ha dejado de ser parte de la legislación vigente, y por lo tanto, no tiene efectos legales.
Es importante tener en cuenta que la derogación puede ocurrir por diversas razones, como la actualización de la ley o la necesidad de eliminar disposiciones que ya no son relevantes. En este caso, la derogación fue oficializada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de abril de 1943.
- El artículo 946 ya no es aplicable.
- Fue derogado en 1943.
- La derogación implica que no tiene efectos legales actuales.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.