El artículo 953 del Código de Comercio ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene validez legal. La derogación fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de abril de 1943. Esto implica que cualquier disposición o norma que contenía este artículo ya no se aplica y no puede ser invocada en ningún procedimiento legal.
Es importante tener en cuenta que la derogación de un artículo puede ser parte de un proceso de actualización de la ley, donde se busca eliminar normas que ya no son relevantes o que han sido reemplazadas por nuevas regulaciones.
- El artículo 953 ya no es aplicable.
- La derogación fue oficial desde 1943.
- Refleja cambios en la legislación comercial.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.