El artículo 968 del Código de Comercio ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene validez legal. La derogación de un artículo implica que se ha eliminado de la ley y, por lo tanto, no se puede aplicar ni invocar en situaciones legales.
Es importante tener en cuenta que la derogación de un artículo puede ser parte de una actualización o reforma a la legislación, buscando mejorar o modificar el marco jurídico existente. En este caso, la derogación fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de abril de 1943.
- El artículo 968 ya no es aplicable.
- Fue derogado en 1943.
- La derogación forma parte de cambios en la ley.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.