El artículo 969 del Código de Comercio ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene validez legal. Esta derogación fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de abril de 1943, indicando que las disposiciones que contenía ya no son aplicables.
Cuando un artículo se deroga, se elimina de la legislación vigente y, por lo tanto, no se puede invocar ni utilizar en procedimientos legales. Esto puede suceder por diversas razones, como la actualización de la ley o la necesidad de eliminar normas que ya no son relevantes.
- El artículo 969 ya no es parte del Código de Comercio.
- Su derogación fue oficializada en 1943.
- Las normas derogadas no tienen efecto legal.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.