El artículo 970 del Código de Comercio ha sido derogado, lo que significa que ya no está en vigor y no tiene efectos legales. Esta derogación se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 20 de abril de 1943. La derogación de un artículo implica que su contenido ya no se aplica y, por lo tanto, no se debe considerar en la interpretación o aplicación de la ley vigente.
- El artículo 970 ya no es parte del Código de Comercio.
- La derogación se hizo oficial en 1943.
- No tiene efectos legales actuales.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.