Artículo 516 de Código de Familia para el Estado de Yucatán
Código de Familia para el Estado de Yucatán · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 516. El saldo que resulte en pro o en contra del tutor, produce intereses legales, desde que se dispuso de esas cantidades.
Saldo a cargo del tutor
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.