Artículo 74 de Código de Familia para el Estado de Yucatán
Código de Familia para el Estado de Yucatán · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 74. El régimen patrimonial del matrimonio se refiere al conjunto de disposiciones que tutelan las relaciones patrimoniales entre los cónyuges originados del matrimonio.
Clases de regímenes
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.