Artículo 103 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La Contraloría Interna para el desempeño de sus atribuciones, contará con independencia y su titularidad será ocupada de manera rotativa en los términos y condiciones que para el efecto se establezcan en la Ley del Sistema Local Anticorrupción. La Contraloría Interna que tiene a su cargo fiscalizar el manejo, custodia y empleo de los recursos del Instituto Electoral, e instruir los procedimientos administrativos y, en su caso, determinar las sanciones establecidas en la Ley de Responsabilidad Administrativa de la Ciudad de México.
Para el logro de sus objetivos, la estructura orgánica mínima de la Contraloría Interna, se integrará por cuatro subcontralorías una por cada área especializada y 91 que sea necesaria para el desarrollo de sus funciones sin perjuicio de las que se señalen en el Reglamento Interior del Instituto Electoral.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.