Artículo 133 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Para los casos en que las elecciones no sean concurrentes con la federal, para ser integrante de Mesa Directiva de Casilla deberán reunir los requisitos previstos en el artículo 83 párrafo 1 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.