Código Electoral estatal

Artículo 155 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El ingreso al Servicio Profesional Electoral Nacional estará condicionado al cumplimiento de los requisitos que prevea el Estatuto del Servicio y demás normativa aplicable.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 155 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima?

El ingreso al Servicio Profesional Electoral Nacional estará condicionado al cumplimiento de los requisitos que prevea el Estatuto del Servicio y demás normativa aplicable.

¿Está vigente el artículo 155?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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