Artículo 161 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las personas integrantes del Servicio Profesional Electoral Nacional tendrán los derechos que establezca el Estatuto del Servicio que al efecto apruebe el Instituto Nacional.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.