Código Electoral estatal

Artículo 215 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La Coordinación de Transparencia tendrá las siguientes atribuciones:

I. Supervisar y garantizar el funcionamiento de la Oficina de Información Pública del Tribunal y el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las leyes de transparencia y protección de datos personales.

II. Proponer al Comité de Transparencia proyectos para la promoción de la cultura de transparencia adoptando las mejores prácticas nacionales e internacionales en las materias de transparencia y archivos.

III. Promover la cultura de transparencia y acceso a la información entre el personal del Tribunal a través de la capacitación, en coordinación con el Instituto de Formación y Capacitación.

IV. Administrar el contenido del apartado de transparencia del sitio de Internet del Tribunal y coordinar con los diversos órganos y áreas la difusión de la información pública de oficio conforme a las leyes y reglamentos de la materia, y la normatividad interna aplicable.

V. Proponer a la o el Presidente, el programa de actividades de la Coordinación de Transparencia.

150 VI. Coordinarse con el área de Tecnologías de la Información para el oportuno establecimiento y actualización de los programas de cómputo y el uso del equipo técnico para el debido cumplimiento de sus funciones.

VII. Informar a la o al Presidente, respecto del funcionamiento del área a su cargo y del desahogo de los asuntos de su competencia.

VIII. Coadyuvar, apoyar y asesorar a todas las áreas del Tribunal en el cumplimiento normativo de las obligaciones de transparencia y protección de datos personales, así como en la respuesta que se debe brindar a los solicitantes de información y demás herramientas derivadas de las normas aplicables en la materia; así como capacitar, asesorar y colaborar con todas las áreas del tribunal, para el efecto de actualizar de manera conjunta, la información que debe incorporarse a los diversos sistemas locales y nacionales, así como al Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia (SIPOT).

IX. Aquellas que se determinen en la legislación y la normatividad interna aplicable; así como las que su superior/a jerárquico/a le encomiende en relación con su puesto.

SECCIÓN QUINTA DE LA COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 215 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 215 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima?

La Coordinación de Transparencia tendrá las siguientes atribuciones: I. Supervisar y garantizar el funcionamiento de la Oficina de Información Pública del Tribunal y el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las…

¿Está vigente el artículo 215?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.