Artículo 229 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las relaciones laborales entre el Tribunal Electoral y sus servidores, el régimen de derechos y obligaciones de éstos, se regirán en lo conducente por lo dispuesto en la Constitución Local, en este Código y en la reglamentación Interna del Tribunal Electoral.
El Tribunal Electoral contará con el personal necesario para el debido cumplimiento de sus atribuciones y funciones.
El Tribunal Electoral celebrará los convenios necesarios para que su personal sea incorporado a las instituciones públicas de salud y seguridad social.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.