Artículo 234 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Durante los procesos electorales y de participación ciudadana el Tribunal Electoral podrá contratar personal eventual para apoyar en las actividades relacionadas con la función jurisdiccional; así como para para (sic) la sustitución transitoria de su personal permanente.
160 El personal eventual del Tribunal Electoral disfrutará de las medidas de protección al salario y gozarán de los beneficios de la seguridad social, en su contrato se establecerán las condiciones de horario, salario, forma y lugar de pago, las actividades a desarrollar, la supervisión del servicio y la vigencia.
La relación laboral del Tribunal Electoral con el personal eventual termina con la conclusión de la vigencia del contrato o con la reincorporación de la persona reemplazada temporalmente, en ambos casos, sólo procede el pago del finiquito correspondiente.
SECCIÓN SEGUNDA DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.