Artículo 242 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los Partidos Políticos con registro nacional y los Partidos Políticos con registro local en la Ciudad de México tienen el derecho para solicitar el 163 registro de candidatos a cargos locales de elección popular, sin perjuicio de las candidaturas sin partido y en los términos y condiciones establecidas en la Ley de Partidos, el presente ordenamiento y las demás disposiciones aplicables.
TÍTULO SEGUNDO DE LA NATURALEZA, CONSTITUCIÓN Y REGISTRO DE LAS ASOCIACIONES POLÍTICAS CAPÍTULO ÚNICO DE LAS AGRUPACIONES POLÍTICAS LOCALES SECCIÓN PRIMERA NATURALEZA Y FINES
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.