Código Electoral estatal

Artículo 254 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Son causa de pérdida de registro de una Agrupación Política Local:

I. Haber dejado de cumplir con los requisitos necesarios para obtener el registro;

II. Incumplir de manera reiterada las obligaciones que le señala este Código, entendiéndose por reiteración el incumplimiento en tres o más ocasiones de alguna de las obligaciones impuestas en este Código, en un periodo de cinco años o un número simultáneo de ellas que denote que ha dejado de realizar actividades;

III. Haber sido declarada disuelta por acuerdo de sus miembros conforme a lo que establezca su Estatuto;

IV. Incumplir con el objeto para el cual fue constituida y haber dejado de realizar acciones con la ciudadanía;

V. Incumplir con el programa de promoción de la cultura política en los términos que establezca el Reglamento que apruebe el Consejo General; y 170 VI. No acreditar actividad alguna durante un año calendario, en los términos que establezca el Reglamento que se expida para tal efecto;

VII. Por incumplir de manera grave con las disposiciones contenidas en esta normativa;

VIII. Incumplir con las resoluciones o acuerdos del Consejo General; y IX. Las demás que establezca este Código.

La Agrupación Política Local que hubiese perdido su registro no podrá solicitarlo de nueva cuenta, sino hasta después de transcurrido un proceso electoral ordinario.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 254 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 254 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima?

Son causa de pérdida de registro de una Agrupación Política Local: I. Haber dejado de cumplir con los requisitos necesarios para obtener el registro; II. Incumplir de manera reiterada las obligaciones que le señala este…

¿Está vigente el artículo 254?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.