Artículo 263 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El programa de acción determinará:
I. La forma en que realizarán sus postulados y pretenden alcanzar los objetivos enunciados en su declaración de principios;
II. Las medidas para sostener permanentemente programas para que los militantes propongan alternativas democráticas y de políticas públicas para la Ciudad de México;
174 III. Los postulados para formar ideológica y políticamente a sus afiliados infundiendo en ellos el respeto al adversario y a sus derechos en la contienda política; y IV. Las propuestas políticas que impulsarán sus militantes en los procesos electorales.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.