Artículo 161 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal — Colima
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Presidente del Tribunal Electoral será electo por los propios Magistrados Electorales para un período de cuatro años, sin posibilidad de reelección. Para la elección del (sic)
Para la elección del Magistrado Presidente, se seguirá el procedimiento que establezca este Código y el Reglamento Interior del Tribunal Electoral.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.