Artículo 19 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal — Colima
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las autoridades electorales podrán requerir el apoyo y colaboración de los órganos de gobierno y autónomos del Distrito Federal, así como de las autoridades federales, estatales y municipales, en sus respectivos ámbitos de competencia, para lo cual se estará a lo dispuesto en la legislación aplicable.
TÍTULO SEGUNDO DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES (REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, G.O. 30 DE JUNIO DE 2014)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.