Artículo 276 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal — Colima
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las elecciones ordinarias de Diputados a la Asamblea Legislativa, de Jefe de Gobierno y de Jefes Delegacionales deberán celebrarse el primer domingo de junio del año que corresponda.
(ADICIONADO, G.O. 30 DE JUNIO DE 2014)
El cumplimiento de las normas contenidas en el presente Capítulo se hará en cuanto no contravengan las disposiciones contenidas en el artículo 41 de la Constitución, la Ley General y demás ordenamientos aplicables.
(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, G.O. 30 DE JUNIO DE 2014)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.