Artículo 354 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal — Colima
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Una vez cerrada la votación, los integrantes de la Mesa Directiva de Casilla, procederán al escrutinio y cómputo de los votos sufragados en la casilla para determinar:
I. El número de electores que votó en la casilla;
II. El número de votos emitidos en favor de cada uno de los Partidos Políticos, Candidatos o Coalición;
III. El número de votos nulos; y IV. El número de boletas sobrantes, no utilizadas de cada elección.
(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, G.O. 30 DE JUNIO DE 2014)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.