Artículo 381 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
LAS COMISIONES DE JUSTICIA A QUE SE REFIERE ESTE ARTÍCULO DEBERÁN FUNDAR Y MOTIVAR SUS RESOLUCIONES Y EN TODO TIEMPO OBSERVARÁN EL DERECHO DE AUDIENCIA EN FAVOR DE LOS INTERESADOS.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.