Artículo 160 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Para ser designado Secretario del Instituto se requiere reunir los requisitos exigidos por el artículo 155 de este Código, y ser preferentemente licenciado en derecho.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.