Artículo 166 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las inasistencias del Consejero Presidente las suplirá el Consejero Electoral propietario que designe el Consejo General del Instituto.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.