Artículo 169 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Consejo General celebrará sesiones ordinarias por lo menos una vez al mes, sin perjuicio de celebrar, en cualquier tiempo, las sesiones extraordinarias y especiales que sean necesarias.
Para la jornada electoral o cuando así se acuerde, el Consejo General se instalará en sesión permanente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.