Artículo 186 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En los asuntos de su competencia, las comisiones podrán emitir informe, dictamen, proyecto de acuerdo o resolución, que serán sometidos al Consejo General para su aprobación correspondiente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.