Artículo 217 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las mesas directivas de casilla son órganos electorales integrados por ciudadanos insaculados, facultados para recibir la votación y realizar el escrutinio y cómputo en cada una de las casillas de las secciones electorales en que se divide el Estado, durante la jornada electoral.
Las mesas directivas de casilla deberán respetar y hacer respetar la libre emisión y efectividad del voto, garantizar su secreto y asegurar la autenticidad del escrutinio y cómputo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.