Artículo 234 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El territorio del Estado se divide, para la elección de diputados locales por el principio de mayoría relativa, en diecinueve distritos electorales uninominales.
Para la elección de diputados de representación proporcional el territorio del Estado constituye una sola circunscripción plurinominal.
(Reformado, Párrafo Segundo, P.O. 12 de febrero del 2004)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.