Código Electoral estatal

Artículo 234 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El territorio del Estado se divide, para la elección de diputados locales por el principio de mayoría relativa, en diecinueve distritos electorales uninominales.

Para la elección de diputados de representación proporcional el territorio del Estado constituye una sola circunscripción plurinominal.

(Reformado, Párrafo Segundo, P.O. 12 de febrero del 2004)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 234 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala?

El territorio del Estado se divide, para la elección de diputados locales por el principio de mayoría relativa, en diecinueve distritos electorales uninominales. Para la elección de diputados de representación…

¿Está vigente el artículo 234?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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