Artículo 273 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las encuestas de salida podrán realizarse durante la jornada electoral, y se sujetaran a las reglas siguientes:
I. Evitarán interferir en el desarrollo de la votación en la elección de que se trate;
II. Deberán llevar a cabo su trabajo alejados de la casilla más de treinta metros;
III. Deberán presentar al Instituto el proyecto que realizarán, incluyendo la metodología y el formulario completo, por lo menos cinco días antes del inicio de la jornada electoral;
(Reformada, P.O. 12 de febrero del 2004)
IV. La metodología que apliquen se sujetará a lo dispuesto en este Código en lo relativo a encuestas, sondeos de opinión y estudios de opinión;
(Reformada, P.O. 12 de febrero del 2004)
V. Podrán difundir los resultados de la encuesta a partir de las dieciocho horas del día de la jornada electoral, y (Adicionada, P.O. 12 de febrero del 2004)
VI. El formulario deberá aplicarse estrictamente a quienes hayan votado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.