Artículo 310 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los partidos políticos procurarán la utilización de materiales biodegradables, reutilizables o reciclables en la elaboración de su propaganda electoral.
No podrán emplearse sustancias toxicas ni materiales que produzcan un riesgo directo para la salud de las personas o que contaminen el medio ambiente natural.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.