Artículo 362 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El escrutinio y cómputo de cada elección se realizará conforme a las reglas siguientes:
I. El secretario de la mesa directiva de casilla contará las boletas sobrantes y las inutilizará por medio de dos rayas diagonales, las guardará en un sobre especial, el cual quedará cerrado y anotará en el exterior del mismo el número de boletas que contiene;
II. El presidente de la mesa directiva de casilla abrirá la urna, sacará las boletas y mostrará a los presentes que la urna quedó vacía;
III. Los escrutadores contarán las boletas extraídas de la urna;
IV. Los escrutadores, bajo la supervisión del presidente, clasificarán las boletas para determinar:
a) El número de votos emitidos a favor de cada uno de los partidos políticos y coaliciones, e b) El número de votos que resulten nulos.
El secretario de la mesa directiva de casilla anotará en una hoja por separado, los resultados de cada una de las operaciones señaladas en las fracciones anteriores, los que una vez verificados, transcribirá en los respectivos apartados del acta de la jornada electoral, relativos al escrutinio y cómputo de cada elección.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.