Artículo 365 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Se redactará un acta de escrutinio y cómputo para cada elección, que contendrá:
I. El número de votos emitidos a favor de cada partido político o coalición;
II. El número total de las boletas sobrantes que fueron inutilizadas;
III. El número de votos nulos;
IV. La relación de los incidentes suscitados, si los hubiere, y V. La relación de escritos de protesta presentados por los representantes de los partidos políticos al término del escrutinio y cómputo.
En todo caso se asentarán los datos anteriores en las formas aprobadas por el Consejo General.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.