Artículo 368 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Se formará un paquete electoral para la elección de Gobernador, uno para diputados locales, otro paquete electoral para la elección de integrantes de ayuntamientos y otro para presidentes de comunidad, que contendrá:
I. El expediente de casilla;
II. Por fuera se adherirá un sobre que contenga la primera copia del acta del escrutinio y cómputo de la casilla, hojas de incidentes y escritos de protesta, si los hubiere, y III. Por fuera se adherirá también el sobre que contenga el formato para los resultados preliminares de la elección, cuando así lo acuerde el Consejo General.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.