Código Electoral estatal

Artículo 367 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Al término del escrutinio y cómputo se formará un expediente de casilla por cada elección, que contendrá la documentación siguiente:

I. Un sobre que contendrá:

a) Acta de la jornada electoral, e b) Acta de escrutinio y cómputo;

II. Un sobre que contenga las boletas sobrantes inutilizadas;

III. Un sobre que contenga las boletas de votos válidos;

IV. Un sobre que contenga las boletas de los votos nulos, y V. Un sobre que contenga la lista nominal de electores.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 367 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala?

Al término del escrutinio y cómputo se formará un expediente de casilla por cada elección, que contendrá la documentación siguiente: I. Un sobre que contendrá: a) Acta de la jornada electoral, e b) Acta de escrutinio y…

¿Está vigente el artículo 367?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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