Artículo 43 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El registro de un partido político estatal tendrá vigencia a partir del día uno del mes inmediato siguiente a la resolución que emita el Consejo General, respecto de la constitución de dicho partido.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.