Artículo 74 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
A efecto de cumplir con la tarea de monitorear los medios de comunicación masiva, la Comisión de Medios de Comunicación Masiva y la Unidad de Comunicación Social y Prensa, elaborarán la metodología que se requiere, la que será puesta a consideración y aprobación del Consejo General.
Capítulo II FINANCIAMIENTO DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.