Artículo 131 de Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El recurso de revisión debe presentarse por escrito firmado por el particular o representante legítimo o mandatario, debiendo indicar:
I. El nombre, denominación o razón social y domicilio del inconforme y en su caso, de quien promueve en su nombre;
II. La autoridad o autoridades que dictaron el acto impugnado;
III. La manifestación del particular, bajo protesta de decir verdad, de la fecha en que tuvo conocimiento de la resolución que impugna;
IV. La descripción clara y sucinta de los hechos o razones que den motivo al recurso;
V. Los conceptos de violación o en su caso, las objeciones a la resolución o acto que se reclama;
VI. Las pruebas que en su caso ofrezca, señalando aquellas que obren en el expediente administrativo;
VII. El lugar y fecha de la presentación del recurso de revisión; y, VIII. El domicilio para oír notificaciones, dentro de la ciudad de residencia de la autoridad administrativa competente para resolver el recurso o en su caso, la dirección de correo electrónico para recibir notificaciones.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.