Código Administrativo estatal

Artículo 146 de Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo

Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Para el nombramiento de los magistrados, el Congreso expedirá convocatoria pública registrando a los aspirantes al cargo de los cuales integrará una terna por cada vacante, que será sometida a votación en el Pleno. Será electo Magistrado quien obtenga el voto de las dos terceras partes de los diputados presentes.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 146 de Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo?

Para el nombramiento de los magistrados, el Congreso expedirá convocatoria pública registrando a los aspirantes al cargo de los cuales integrará una terna por cada vacante, que será sometida a votación en el Pleno. Será…

¿Está vigente el artículo 146?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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