Artículo 177 de Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los ingresos que reciba el Tribunal se clasifican en propios y en administración.
Los ingresos que obtenga el Tribunal serán de naturaleza pública, sujetos a fiscalización y vigilancia, y afectos a las leyes de acceso a la información pública. Se administrarán bajo los principios de transparencia, rendición de cuentas y unidad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.