Artículo 204 de Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las multas se harán efectivas por la Tesorería General, para lo cual el Presidente girará el oficio correspondiente. La Tesorería General informará al Tribunal cuando haya hecho efectiva la multa, señalando los datos que acrediten su cobro.
Capítulo Tercero Improcedencia y Sobreseimiento
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.