Artículo 22 de Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En caso de no existir causales que excluyan su responsabilidad o vencido el plazo señalado por este Código, sin que hayan ejecutado los trabajos o mediando razones de urgencia, la autoridad correspondiente procederá directamente a la ejecución de los trabajos, con notificación del día y hora en que iniciará su realización.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.