Código Administrativo estatal

Artículo 26 de Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo

Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El acto que ordene la suspensión o clausura de un local o establecimiento, podrá también ser ejecutado por la autoridad correspondiente, inclusive mediante el auxilio de la fuerza pública, previo cumplimiento del procedimiento establecido en este Código.

Capítulo Cuarto Silencio Administrativo

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 26 de Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo?

El acto que ordene la suspensión o clausura de un local o establecimiento, podrá también ser ejecutado por la autoridad correspondiente, inclusive mediante el auxilio de la fuerza pública, previo cumplimiento del…

¿Está vigente el artículo 26?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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