Código Administrativo estatal

Artículo 299 de Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo

Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El recurso de reconsideración podrá ser interpuesto por cualquiera de las partes, con expresión de agravios, dentro del plazo de los tres días hábiles siguientes al que surta efectos la notificación de la resolución o sentencia que se impugne. El recurso se presentará ante la Sala, y se turnará para su trámite a un Magistrado distinto del instructor.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 299 de Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo?

El recurso de reconsideración podrá ser interpuesto por cualquiera de las partes, con expresión de agravios, dentro del plazo de los tres días hábiles siguientes al que surta efectos la notificación de la resolución o…

¿Está vigente el artículo 299?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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