Artículo 30 de Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La afirmativa ficta es la figura jurídica por virtud de la cual, ante la omisión de la autoridad de emitir una resolución de manera expresa, dentro de los plazos previstos por este Código o las normas aplicables al caso concreto, e entiende que se resuelve lo solicitado en sentido positivo en términos de lo dispuesto en el artículo 28 de este Código, a favor del particular.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.