Código Administrativo estatal

Artículo 55 de Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo

Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Cuando en un procedimiento existan varios particulares con identidad de pretensión, las actuaciones se entenderán con el representante común, que al efecto haya sido designado o en su defecto, con el que figure en primer término.

Capítulo Tercero Formalidades del Procedimiento

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 55 de Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo?

Cuando en un procedimiento existan varios particulares con identidad de pretensión, las actuaciones se entenderán con el representante común, que al efecto haya sido designado o en su defecto, con el que figure en…

¿Está vigente el artículo 55?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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