Código Administrativo estatal

Artículo 189 de Código De Justicia Administrativa Del Estado De Quintana Roo

Código De Justicia Administrativa Del Estado De Quintana Roo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Para ser Magistrado del Tribunal se requiere cumplir los requisitos establecidos en el artículo 101 de la Constitución Local y contar con experiencia en cualquiera de las siguientes materias: fiscal, administrativa, fiscalización, responsabilidades administrativas, combate a la corrupción o rendición de cuentas.

Los Magistrados durarán en su encargo ocho años, con posibilidad de ser reelectos por la Legislatura del Estado o la Diputación Permanente, por cuatro años adicionales, en los términos de este Código.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 189 de Código De Justicia Administrativa Del Estado De Quintana Roo?

Para ser Magistrado del Tribunal se requiere cumplir los requisitos establecidos en el artículo 101 de la Constitución Local y contar con experiencia en cualquiera de las siguientes materias: fiscal, administrativa,…

¿Está vigente el artículo 189?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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