Código Administrativo estatal

Artículo 196 de Código De Justicia Administrativa Del Estado De Quintana Roo

Código De Justicia Administrativa Del Estado De Quintana Roo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El Presidente para el desempeño de las funciones que le corresponden, será auxiliado por el Secretario General de Acuerdos, un Secretario para su ponencia en Pleno y los titulares de las direcciones y unidades administrativas, así como del demás personal del Tribunal que corresponda.

CAPÍTULO III DEL PLENO DEL TRIBUNAL

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 196 de Código De Justicia Administrativa Del Estado De Quintana Roo?

El Presidente para el desempeño de las funciones que le corresponden, será auxiliado por el Secretario General de Acuerdos, un Secretario para su ponencia en Pleno y los titulares de las direcciones y unidades…

¿Está vigente el artículo 196?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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