Artículo 220 de Código De Justicia Administrativa Del Estado De Quintana Roo
Código De Justicia Administrativa Del Estado De Quintana Roo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Para ser actuario del Tribunal se deberá reunir los mismos requisitos que para ser Secretario General de Acuerdos, salvo el relativo a la edad, a la antigüedad de su título y cédula y experiencia que serán los que determine el Reglamento Interior.
Para la práctica de sus diligencias, los actuarios contarán con fe pública.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.