Código Administrativo estatal

Artículo 258 de Código De Justicia Administrativa Del Estado De Quintana Roo

Código De Justicia Administrativa Del Estado De Quintana Roo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El Tribunal tendrá cada año dos periodos de vacaciones de conformidad con los acuerdos generales que para tal efecto emita el Pleno.

En los periodos vacacionales, se suspenderán las labores generales del Tribunal y no correrán los plazos los días que acuerde el Pleno.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 258 de Código De Justicia Administrativa Del Estado De Quintana Roo?

El Tribunal tendrá cada año dos periodos de vacaciones de conformidad con los acuerdos generales que para tal efecto emita el Pleno. En los periodos vacacionales, se suspenderán las labores generales del Tribunal y no…

¿Está vigente el artículo 258?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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